miércoles, 7 de mayo de 2008

A propósito de la Ética Democrática


Que uno no debe despachar a los “grandes pensadores” de un plumazo es una verdad de Perogrullo, quienes han influido, para bien o para mal, sobre el mundo de las ideas, parecen permanentemente tener cosas que decirnos. Siendo esto así, no parece sensato el darnos el lujo de leerlos de manera aséptica, como si sus ideas no tuvieran consecuencias prácticas, como si sus ideas se situaran en un mundo paralelo desde el cual pueden ser idealizadas. Las cosas no parecen ser tan simples, quienes escriben con pretensión de universalidad deben ser estudiados y criticados no solo desde su tiempo particular, sino, con mucha más razón, desde nuestro propio tiempo; sino sus ideas serian simplemente “piezas de museo” quizás dignas de ser admiradas, algunas de ellas, pero sin utilidad práctica.
Creo que en el momento que vive América Latina esta reflexión es pertinente, particularmente en el caso de Rousseau. Las ideas de este “paladín de la Libertad” lo han convertido en uno de los precursores del totalitarismo. Después de todo, ¿cómo es que la Voluntad General puede obligarnos a ser libres?, ¿cómo es que la voz del pueblo es la voz de Dios?. El hombre ciertamente es un ser que vive en comunidades, cosa que le permite sobrevivir y garantizarse un cierto bienestar, pero, ¿acaso no es el hombre de igual manera un ser individual, con intereses y deseos particulares?. Quizás uno de los logros fundamentales de occidente durante los últimos trescientos años sea, precisamente, el de ir definiendo garantías para los espacios privados de los individuos y para asociaciones particulares a las cuales éstos se incorporan en función de sus intereses comunes.
Ya no se trata solamente, entonces, de las dificultades implícitas en un proceso de toma de decisiones que se fundamente en la participación constante y permanente de los individuos, sino que se trata de las dificultades que supone la construcción de una fundamentación ética para la acción individual que este fuera del individuo mismo. Que se sitúe en el plano ideal de la Voluntad General, entendida como una Voluntad Moral que nunca se equivoca y que permite una actuación basada en una especie de “verdad develada” a los Justos. Una verdad que se absolutiza y que no acepta ser discutida bajo el argumento de que un simple individuo no tienen capacidad moral para cuestionar los presupuestos de una Voluntad que se considera universalizada.
Esta situación, como vemos, es tremendamente problemática y complicada, en la medida en que implica el desdibujamiento del sujeto, de quien se supone que debe integrarse, como las hormigas de un hormiguero, a una Voluntad Superior, que se supone permitiría la construcción del “Bien Común”, pero que al mismo tiempo, supone el riesgo de suprimir la voluntad individual y más aún la existencia autónoma del sujeto. En cierto sentido, bien valdría la pena preguntarse cual es el rango de Libertad del que disfrutan los entes colectivos y si es posible que los individuos sean felices si sus deseos y preferencias no son considerados en los procesos de construcción de los ‘espacios públicos’.
Si la Política implica la libre discusión de las ideas, entre individuos que entendemos como libres e iguales, entonces, no existe la posibilidad de garantizar la existencia de intercambios discursivos si desde mi posición como individuo me enfrento a ideas absolutas como la Revolución, la Verdad, el Bien, etc. En este plano la discusión adquiere un sesgo radical que lleva a la confrontación del Bien en contra del Mal, de la oscuridad contra la luz, de los amigos en contra de los enemigos, etc. Esto deriva, -es casi evidente, en la imposibilidad de discutir nuestras diferencias y construir visiones compartidas acerca de la realidad sobre la base del pluralismo y la tolerancia, y más bien parece favorecer la confrontación abierta entre sectores que tienen diferentes visiones del mundo.
De acuerdo con Gauthier, la moral colectiva, se construye en base a procesos de negociación intersubjetivos que permite la confluencia de los intereses de diversos individuos y de éstos agrupados en organizaciones. Los individuos -muy débiles para garantizar la satisfacción de sus intereses y deseos- se unen a “grupos e interés” que les permiten, mediante la asociación, influir de manera más directa sobre los procesos decisionales y definir espacios para la construcción de la política mediante el intercambio y la negociación y, uno espera, la distribución de la justicia y la construcción de estrategias de acción que se fundamenten en la idea de la razonabilidad Rawlsiana.
Quizás Rousseau nos dio una lección de ética democrática cuando propone que las decisiones se tomen no en función de los intereses de grupos particulares, sino en función de los intereses de la Nación, pero se equivoca al no considerar que los individuos tienden a asociarse para la obtención de sus intereses y para su protección y que es, a fin de cuentas, mediante la agregación y la aceptación de las diferencias como podemos verdaderamente construir sociedades democráticas pluralistas y funcionales.

Acerca de la importancia de un Código Moral Imparcial en una Sociedad Democrática

La organización de los hombres en sociedad solo es posible mediante la intermediación de un conjunto de reglas que garanticen un sistema de regulación para las interacciones sociales, de manera que los comportamientos maximizadores puedan restringirse a favor del proyecto colectivo. Estas reglas deben regular las interacciones y los intercambios que se producen en el seno de la sociedad en función de una idea común acerca de lo que es mejor para el colectivo, esto es: en función de un proyecto común. Acá nos encontramos con una dificultad inicial. ¿Cómo definir aquello que es mejor para quienes convivimos en esta sociedad y en este momento histórico? Convengamos en que sin una definición mínima de ciertas convenciones, la diversidad de nuestros intereses contradictorios socavaría nuestras posibilidades de convivir con otros sujetos.
El Código Moral estructura los contenidos normativos, valorativos y éticos que se conjugan alrededor de los mecanismos de regulación de los comportamientos sociales. Estos códigos son desarrollados por las sociedades humanas como resultados de los aprendizajes que van desarrollando a lo largo de su historia y en función de la experiencia colectiva. Los mismos se constituyen en mecanismos probados de organización social, mediante los cuales la sociedad enfrenta e intenta darle solución a una serie diversa de problemas que confronta como colectivo. Alrededor de esos mecanismos se establecen los contenidos del ámbito público, los sistemas de corresponsabilidad social, se válida el sistema de libertades del cual gozan los individuos, se determinan los sistemas de distribución de los bienes colectivos y se establece una determinada concepción acerca de lo que la Sociedad considera Justo y lo que no. Pero más aun, nos permite determinar el rango de los comportamientos moralmente aceptables (comportamientos correctos) como aquellos que efectivamente se adecuan a los contenidos del Código Moral.
Siendo esto así, la determinación de los contenidos normativos contenidos en el Código Moral tiene una significación determinante para el éxito o no de la construcción colectiva. En primer término debemos indicar que la existencia del Código Moral no implica que él mismo sea eficiente. Puede darse, por ejemplo, el caso de que un sistema de organización social que fuera exitoso en el pasado dejara de serlo. En esta situación los sistema de regulación tenderán a funciona de manera ineficiente; los contenidos valorativos dejaran de ser considerados significativos y/ o aceptables; se perderá la identidad común de los sujetos como miembros de un colectivo y se cuestionaran los contenidos mismos de los mecanismos de regulación colectiva, tanto como los contenidos del ‘proyecto común’.
Si aceptamos la idea de que el Código Moral es determinante para el funcionamiento de la Sociedad, nos encontraremos con que el tema del diseño de los contenidos normativos se constituye en un aspecto crucial para la definición de un ámbito público que funcione eficientemente. Acá es importante realizar algunas reflexiones: Es ampliamente aceptado que existe una diferencia sustantiva entre los contenidos de los intereses individuales y los colectivos. Los individuos intentaran, -puestos es esa circunstancia, garantizar que sus intereses sean satisfechos de la mejor manera posible, dados los recursos disponibles en la sociedad y en razón de la presencia de otros sujetos que también tienen intereses particulares. La definición de los intereses individuales, es realizada por los sujetos en función de su propia concepción acerca de lo que consideran como ‘bueno’ para sí. Estamos diciendo que cada individuo tiene la posibilidad de determinar su propia concepción acerca del Bien. Esto le permite determinar los contenidos de su propio Plan de Vida y actuar a los efectos de garantizar su realización.
En la determinación de esos contenidos los individuos actúan en razón de sus intereses particulares. La definición del Código Moral Colectivo, por otra parte, requiere de una concepción imparcial, basada en una serie de valores universales que nos permitan determinar aquello que es Bueno para la Sociedad en su conjunto. De lo que se trata es de garantizar que el Sistema de Normas que regula la vida en Sociedad sea construido sin favorecer los intereses particulares de alguno o algunos de los miembros de la Sociedad. Es lógico que cuando un Código Moral busca imponerse sobre la sociedad sin que se hubiesen construido suficientemente unos consensos mínimo, se produzca una resistencia. Después de todo aceptamos que deben existir reglas y que estas regulan nuestras interacciones haciéndolas más coherentes y proporcionándoles transparencia, entendemos, de igual manera, que esas reglas deben estar construidas de una determinada manera. El Código Moral debe constituirse a partir de la libre elección de unos sujetos que se encuentran en pleno ejercicio de su autonomía.
Si debemos hacer aquellas cosas que no deseamos hacer, es necesario que, al menos, participemos en el proceso de elaboración de las regulaciones. A fin de cuentas no existen garantías de la vía alterna que implica la construcción de la norma por vía autoritaria pueda proporcionar mejores resultados. Por esta vía corremos el riesgo de que la voluntad popular sea secuestrada por una nomenclatura, de manera que los intereses colectivos pudieran confundirse o más bien subsumirse dentro de la visión particular de quienes ejercen el poder en un momento determinado. Esto implica la privatización del ámbito público y, eventualmente, la restricción de las libertades individuales. Es evidente que la vía autoritaria resulta costosa, no solo, porque sus contenidos deben ser impuestos desde la estructura del poder, sino porque, en general, estará permanentemente sometida a cuestionamiento. Esto, de alguna manera explica, que la democracia tenga una base de sustento superior a la dictadura. La democracia tiende a reproducirse a sí misma a través de la participación popular y por vía de la organización política. El autoritarismo, por su parte, se encuentra siempre a la defensiva.
Es imprescindible que la construcción de un proyecto moral tenga un carácter inclusivo, en el cual participen suficientemente los diversos sectores y grupos que forman parte de la sociedad. Un Código Moral no puede ser realizado por una parte, ni para una parte del pueblo, debe ser constituido para la totalidad de la gente, de otro modo aun cuando pudiera imponerse a la fuerza implicaría unos costos de transacción excesivamente altos y la necesidad de acallar a la disidencia a través de los diversos mecanismos disponibles por el Aparato del Estado. En este punto crucial, creemos, se encuentra la actual discusión ético- política de nuestro país. Hemos transitado por el quiebre del modelo de la democracia representativo, hacia un modelo participativo que entiende a la participación como un proceso de aclamación popular, pero que no le otorga suficiente importancia a la construcción coherente de un ámbito discursivo para la deliberación pública de las ideas. De alguna manera se busca acallar a las múltiples voces que esperan poder participar en la discusión pública. La construcción de nuestro Código Moral pasa por la construcción de un ámbito deliberativo inclusivo que amplíe el rango de la participación para incluir a los sectores que no comparten el proyecto gubernamental y que debe implicar no solo el reconocimiento político de los demás sino su validación como actores y como agentes de la discusión pública. Un Código Moral construido imparcialmente en base a una concepción universal acerca del Bien es imprescindible para garantizar la constitución y la permanencia de la democracia y el régimen de libertades individuales. Esa es una tarea que tenemos pendiente.